Micelio

Artículo 11

Decreto 1493 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 401 del 20 de agosto de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones del evaluador. La Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, deberá

a)

Adoptar todas las medidas y procedimientos necesarios para que los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento se asignen para los fines y en los términos legalmente previstos;

b)

Establecer y adoptar todos los procedimientos y metodologías necesarios para el cabal cumplimiento de sus obligaciones;

c)

Recomendar el orden de prioridad de los proyectos elegibles de acuerdo con los artículos 16 y 17 del presente decreto;

d)

Presentar a la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, concepto debidamente motivado sobre los proyectos sometidos a su evaluación;

e)

Enviar al Ministerio de Minas y Energía, para su visto bueno, los proyectos priorizados que se someterán a la aprobación de la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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