Micelio

Artículo 7

Ley 72 de 1919 · Sobre asignaciones de los empleados nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Poder Ejecutivo queda autorizado para fijar los sueldos del servicio diplomático y consular, de acuerdo con las necesidades locales de la residencia del respectivo empleado del ramo, dentro de la partida general asignada en el Presupuesto de gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1919