Micelio

Artículo 14

Coordinación Interinstitucional

Decreto 2803 de 2010 · por el cual se reglamenta la Ley 1377 de 2010, sobre registro de cultivos forestales y sistemas agroforestales con fines comerciales, de plantaciones protectoras-productoras la movilización de productos forestales de transformación primaria y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación Interinstitucional . Como parte del sistema de control el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o su entidad delegada y las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Municipal, Umatas, o la entidad que haga sus veces, podrán constituir a nivel Regional, Comités de Coordinación Interinstitucional, con la participación, entre otros, de la(s) Corporación(es) Autónoma(s) Regional(es), la Policía Nacional y representantes del sector forestal comercial, con el propósito de compartir información sobre las actividades de registro y movilización de productos forestales de transformación primaria provenientes de sistemas agroforestales o cultivos forestales con fines comerciales en sus respectivas jurisdicciones y llevar a cabo acciones de prevención de actividades ilegales en materia forestal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2803 de 2010