Artículo tercero . El Ministro de Agricultura, por medio de resolución, determinará la distribución en el país del personal de las Seccionales, Centrales, Sectores y Agencias de que trata este Decreto, de acuerdo con las necesidades técnicas y el desarrollo de las Campañas,
Decreto 1699 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1699 de 1960 · Por el cual se crean cargos en el Fondo de Fomento Agropecuario del Ministerio de Agricultura, se determinan funciones en el mismo, y se establece la composición de la Junta Administradora
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.