Micelio

Artículo 2

Ley 84 de 1981 · por la cual se efectúan unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1981 (Congreso Nacional y Rama Jurisdiccional) por $ 151.269.000; se efectúan unos traslados en el presupuesto de gastos de la actual vigencia (Ministerios de Educación y Obras Públicas y Transporte) por $ 329.600.000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 2° Con base en los recursos de que trata el articulo anterior, ábrense los sguietes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la actual vigencia:

CREDITOS

Presupuesto de funcionamiento.

Congreso Nacional

Camara de Representantes.

Servicios personales.

Gastos generales.

Rama Jurisdiccional.

Administración Consejo Superior de la Judicatura.

Gastos generales.

Transferencias.

Administración Tribunales y Juzgados Superiores de Circuito, de Trabajo, de Menores, Municipales y Territoriales.

Servicios personales.

Gastos generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 84 de 1981