Micelio

Artículo 1

Mientras Subsistan Las Condiciones De Anormalidad Presentes, Las Transmisiones Radiales De Radionoticieros Y Radiorevístas En Los Municipios De Armenia, Calarcá, Genova, Balboa, Pijao Montenegro Y Quinzava, Del Departamento De Caldas, Serán Sometidas A La Aprobación Previa De La Primera Autoridad Política Del Lugar En Donde Funcione La Emisora Respectiva, Con El Objeto Exclusivo De Evitar Difusión De Cualquier Género Que Pueda Afectar El Orden Público

Decreto 8 de 1959 · Por el cual se dictan unas disposiciones tendientes a la preservación del orden público en algunos Municipios del Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º Mientras subsistan las condiciones de anormalidad presentes, las transmisiones radiales de radionoticieros y radiorevístas en los Municipios de Armenia, Calarcá, Genova, Balboa, Pijao Montenegro y Quinzava, del Departamento de Caldas, serán sometidas a la aprobación previa de la primera autoridad política del lugar en donde funcione la emisora respectiva, con el objeto exclusivo de evitar difusión de cualquier género que pueda afectar el orden público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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