Micelio

Artículo 1

El Comité De Regalías Podrá Autorizar O Negar El Registro De Los Contratos A Que Se Refieren Los Artículos 102 Del Decreto - Ley 444 De 1967 Y 6º Del Decreto - Ley 668 De 1967, Teniendo En Cuenta Los Siguientes Criterios: A) Utilidad Del Contrato Para El Desarrollo Económico Y Social Y Su Relación Con Los Desembolsos En Moneda Extranjera A Que Dé Lugar

Decreto 1234 de 1972 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos-leyes 444 y 688 de 1967

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Comité de Regalías podrá autorizar o negar el registro de los contratos a que se refieren los artículos 102 del Decreto - ley 444 de 1967 y 6º del Decreto - ley 668 de 1967, teniendo en cuenta los siguientes criterios

a)

Utilidad del contrato para el desarrollo económico y social y su relación con los desembolsos en moneda extranjera a que dé lugar.

b)

Posibilidad de elaborar el producto en condiciones similares sin gravarlo con regalías mediante el uso de procedimientos ordinarios susceptibles de aplicarse para tal fin, conforme a los avances de la tecnología moderna y al desarrollo de la industria nacional.

c)

Convenios Internacionales suscritos por el país

d)

Efectos del contrato sobre la balanza de pagos.

e)

Extensión del mercado a que puedan destinarse los productos fabricados bajo el contrato;

f)

Vigencia de la patente o patentes;

g)

Estimación de las utilidades probables del contrato;

h)

Precio de los bienes que incorporen nueva tecnología;

i)

Políticas de empleo de recursos humanos;

j)

Vinculación de capital de la empresa concedente, sus sucursales o filiales en la empresa concesionaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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