Micelio

Artículo 5

º La No Suscripción Oportuna De Los "bonos De Financiamiento Presupuestal - Ley 50 De 1984", Acarrea El Pago De Intereses Moratorios, Los Cuales Se Liquidarán A La Tasa Establecida Para El Impuesto Sobre La Renta, Y El Pago De Una Sanción Equivalente Al 10% Del Valor Que Ha Debido Invertirse, La Cual Se Liquidará Por Mes O Fracción De Mes De Atraso En La Inversión, Sin Que Exceda Del 50% Del Valor Que Ha Debido Invertirse

Decreto 1850 de 1985 · Por el cual se ordena la emisión de bonos de deuda pública interna denominados Bonos de Financiamiento Presupuestal -Ley 50 de 1984 y se fijan las características y términos para su suscripción

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La no suscripción oportuna de los "Bonos de Financiamiento Presupuestal - Ley 50 de 1984", acarrea el pago de intereses moratorios, los cuales se liquidarán a la tasa establecida para el impuesto sobre la renta, y el pago de una sanción equivalente al 10% del valor que ha debido invertirse, la cual se liquidará por mes o fracción de mes de atraso en la inversión, sin que exceda del 50% del valor que ha debido invertirse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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