Micelio

Artículo 2.5.6.2.4.1

Funciones

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Las funciones que el Cuerpo de Auxiliares de Policía Bachilleres debe cumplir, se limitarán a los servicios primarios de policía, los cuales se refieren a la protección de la tranquilidad, salubridad, moralidad, ornato público y derechos colectivos y del medio ambiente, así:

1.

Dar instrucción en los establecimientos educativos de su jurisdicción, sobre normas de convivencia social.

2.

Vigilar la exactitud de las pesas y medidas en los establecimientos públicos de la jurisdicción.

3.

Velar por el uso legal de las vías públicas.

4.

Propender por la conservación de los parques y zonas verdes, orientando a la población, respecto del estado de limpieza y preservación en que se deben mantener.

5.

Realizar labores en coordinación con la ciudadanía destinadas a conservar la naturaleza y a embellecer parques y avenidas.

6.

Informar a las autoridades competentes sobre la situación en que se encuentren los menores, desvalidos, ancianos y mendigos.

7.

Aprehender a los delincuentes comunes en caso de flagrancia con apoyo de los agentes de policía, dejándolos a órdenes de la autoridad competente.

8.

Colaborar en campañas de prevención de la drogadicción.

9.

Participar en labores educativas encaminadas a conservar la salubridad y moralidad públicas.

10.

Llamar la atención a las personas que estén alterando la tranquilidad pública.

11.

Hacer cumplir las citaciones expedidas por las autoridades competentes.

12.

Colaborar en la organización y control del tránsito en las vías.

13.

Las demás que guarden armonía con los servicios primarios de policía, señalados en la Ley 4ª de 1991.

(Decreto 2853 de 1991 artículo 18)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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