Contenido de las solicitudes. Las solicitudes recibidas en desarrollo del procedimiento de selección objetiva deberán estar acompañadas del correspondiente estudio técnico en el que se indicarán, en cuanto apliquen, los siguientes aspectos:
Frecuencia(s) y/o banda(s) de frecuencias del Espectro Radioeléctrico a solicitar.
Ancho de banda (Tipo de emisión).
Área de servicio.
Ubicación de estaciones repetidoras y bases indicando coordenadas geográficas exactas en grados, minutos y segundos.
Ganancia, altura y patrón de radiación de las antenas.
Potencia.
Horario de utilización
En cualquier momento el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá requerir a los peticionarios para que aclaren su solicitud.
(Decreto 4392 de 2010, artículo 3°)