Art. 3.º Las secciones referidas podrán tener cada una como ausiliares, - en calidad de escribientes,-hasta dos de los guardas de la seccion del Resguardo nacional asignada por el Poder Ejecutivo para el servicio de correos, conforme al artículo 610 del i Código fiscal.
Decreto 509 de 1874 →Vigente
Artículo 3
Del I Código Fiscal
Decreto 509 de 1874 · En ejecución del artículo 528 del Código fiscal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.