Micelio

Artículo 2.7.9.1.4

Distribución De Recursos De Rifas, Juegos Promocionales, Eventos Deportivos, Gallísticos, Caninos Y Similares

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distribución de recursos de rifas, juegos promocionales, eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares. Los recursos por concepto de rifas, juegos promocionales, eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares, explotados por la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar Coljuegos, incluidos sus rendimientos financieros, se distribuirán entre los municipios, distritos y el Distrito Capital, aplicando el porcentaje de participación en la distribución total de los recursos del sistema general de participaciones para el sector salud, calculado de acuerdo con la metodología descrita en el artículo 2.7.9.1.1. del presente capítulo, previa deducción del siete por ciento (7%) con destino al Fondo de Investigaciones en Salud. (Art. 4 del Decreto 1659 de 2002)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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