El que denunciare ante la autoridad a persona determinada como responsable de una infracción penal, a sabiendas de que es inocente, como también el que simulare pruebas contra ella, incurrirá en prisión de uno a cinco años, siempre que en este último caso el hecho no constituya otro delito más grave.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 188
El Que Denunciare Ante La Autoridad A Persona Determinada Como Responsable De Una Infracción Penal, A Sabiendas De Que Es Inocente, Como También El Que Simulare Pruebas Contra Ella, Incurrirá En Prisión De Uno A Cinco Años, Siempre Que En Este Último Caso El Hecho No Constituya Otro Delito Más Grave
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.