Micelio

Artículo 5

Ley 40 de 1935 · por la cual se decreta un auxilio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional se entenderá con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales a fin de que por cuenta de éste se proceda inmediatamente a la pavimentación del trayecto de carretera nacional que partiendo de la estación de Ibagué sigue para Armenia por la carretera 1ª hasta la calle 10ª, del Municipio de Ibagué.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1935