Remuneración del promotor . El porcentaje de la comisión a pagar por la promoción y enajenación de cada bien será determinado por el Ministerio de Justicia y del Derecho de conformidad con las condiciones del mercado para la gestión a realizar de acuerdo con la naturaleza de cada bien. El porcentaje de comisión será fijo e incluye todos los valores en que incurra el promotor por concepto de publicidad, garantías, transporte, IVA y demás que sean necesarios para la promoción y enajenación de los bienes. En todo caso el jefe de la entidad será el responsable por la determinación de los porcentajes de comisión que serán determinados mediante acto administrativo.
Decreto 734 de 2012 →Vigente
Artículo 3.8.2.4
Remuneración Del Promotor
Decreto 734 de 2012 · por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.