°. El Despacho del Ministro Consejero del Presidente de la República tendrá las siguientes funciones
Asesorar al Presidente de la República en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de la política nacional de diálogo social y participación ciudadana.
Coordinar la realización de espacios de interacción y diálogo social permanente entre los ciudadanos y las autoridades nacionales.
Recomendar la implementación de los mecanismos de gestión y coordinación entre los diferentes actores sociales, de acuerdo con las instrucciones que imparta el Presidente de la República.
Coordinar a los actores gubernamentales que intervengan en la implementación del diálogo social y la participación ciudadana, y adelantar el seguimiento de las actividades concertadas.
Coordinar con las demás dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y con aquellas instituciones nacionales y territoriales que se requiera, los aspectos logísticos y tecnológicos necesarios para la realización del plan de acción del Despacho del Ministro Consejero.
Preparar los informes que se requieran para la interacción con los actores del diálogo y la participación ciudadana, según las directrices del Presidente de la República.
Asistir de manera permanente a las sesiones del Consejo de Ministros.
Asistir a las sesiones del Consejo Nacional de política Económica y Social CONPES.
Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República.