Micelio

Artículo 16

Acopio De Las Pruebas

Decreto 4829 de 2011 · por el cual se reglamenta el Capítulo III del Título IV de la Ley 1448 de 2011 en relación con la restitución de tierras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acopio de las pruebas. En firme la resolución que decreta pruebas, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas realizará todas las diligencias ordenadas en aquella en el término de treinta días.

Parágrafo

Si la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas considera necesario practicar una o más pruebas que no fueron incluidas en la Resolución que decretó las pruebas, procederá a ordenarlas mediante auto susceptible de reposición. En este caso, la Unidad tendrá en cuenta que el término total para tomar decisión de fondo no podrá sobrepasar el que establece el inciso 4° del artículo 76 de la Ley 1448 de 2011.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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