Micelio

Artículo 4

Ley 40 de 1937 · por la cual se auxilian los damnificados pobres en los incendios de Villanueva, Arjona y Aguachica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno abrirá los créditos adicionales necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1937