°. Autorización . Los establecimientos de crédito, las sociedades de servicios financieros y las sociedades de capitalización podrán poseer acciones en las sociedades de titularización de activos no hipotecarios de que trata el presente Decreto. Igualmente, los establecimientos de crédito, las sociedades de servicios financieros y las sociedades de capitalización, podrán vender en firme activos no hipotecarios, incluyendo las garantías o títulos representativos de derechos sobre los mismos y sobre las garantías que los respaldan, a las sociedades de servicios técnicos y administrativos a que se refiere el presente Título, con el fin de que estas emitan títulos para ser colocados entre el público. TITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA EMISION Y COLOCACION DE TITULOS EN DESARROLLO DE PROCESOS DE TITULARIZACION DE ACTIVOS NO HIPOTECARIOS
Decreto 230 de 2010 →Vigente
Artículo 7
Autorización
Decreto 230 de 2010 · por el cual se reglamenta el artículo 72 de la Ley 1328 de 2009 en materia de titularización de activos no hipotecarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.