º . Clases de nombramiento . La provisión de los empleos de carrera del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República deberá realizarse mediante las siguientes clases de nombramientos: 8.1. En período de prueba : Es aquel mediante el cual se proveen los cargos de carrera del sistema específico de carrera de la Entidad, con una persona seleccionada por concurso y tendrá un término máximo de duración de seis (6) meses. 8.2. De ascenso : Es aquel que se efectúa previa realización de concurso, para la provisión de cargos de carrera de mayor jerarquía de cualquier nivel, en los cuales podrán participar quienes reúnan los requisitos para desempeñar el empleo. 8.3. En encargo : Mientras se surte el proceso de selección los empleos de carrera podrán ser provistos en encargo, con quien acredite los requisitos para su desempeño. El término de esta situación podrá ser de un (1) año. En caso de que no sea posible realizar el encargo, podrá hacerse nombramiento provisional. El cargo del cual es titular el empleado encargado podrá ser provisto en provisionalidad mientras dure el encargo.
Los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera, con personal no seleccionado mediante el sistema de mérito. CAPITULO IV Selección para la vinculación a empleos de carrera