Son faltas contra la dignidad de la administración de justicia, por parte del funcionario o empleado
Embriagarse pública y habitualmente; usar habitual e injustificadamente sustancias que produzcan dependencia física o síquica; asistir al despacho en estado de embriaguez o de intoxicación producidas por el alcohol o por dichas sustancias; practicar habitualmente juegos prohibidos; abandonar injustificadamente el propio hogar; practicar públicamente actos eróticos-sexuales; dedicarse, tanto en el servicio como en la vida social, a actividades que puedan afectar la confianza de la ciudadanía.
Proferir expresiones injuriosas o calumniosas contra las instituciones o contra cualquier funcionario o empleado.
Hacer en actuación judicial o fuera de ella calificaciones ofensivas, ultrajantes o calumniosas de las personas que intervienen en los procesos.
Solicitar o fomentar publicidad de cualquier clase respecto de su persona o de sus actuaciones, sin perjuicio del derecho de rectificar informaciones o comentarios.
Contraer obligaciones de manera directa o indirecta con alguna de las partes o sus apoderados o con cualquier otro interesado en asuntos que se hallen a su conocimiento o en los cuales deba intervenir.
Solicitar o recibir dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de lucro provenientes directa o indirectamente de alguna de las personas mencionadas en el literal anterior, o de funcionario o empleado de su dependencia.
Influir directa o indirectamente en el nombramiento o elección de funcionarios o empleados.
Realizar colectas para hacer homenajes u obsequios a los superiores, y
Ejercer actividades incompatibles con el decoro del cargo o que en alguna forma afecten su dignidad.