Micelio

Artículo 3

Modificación Del Inciso Primero Del Artículo 2

Decreto 267 de 2024 · Por el cual se modifican los artículos 2.24.2., 2.24.4., 2.24.11. y 2.24.14. y se adiciona el numeral 7 al artículo 2.24.14. de la Parte 24 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, respecto del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de la Infraestructura (FIP).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del inciso primero del artículo 2.24.11. de la Parte 24 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Modifíquese el inciso primero del artículo 2.24.11. de la Parte 24 del Libro 2 del Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el cual quedará así: “ Artículo 2.24.11. Contrato de fiducia mercantil . El Ministerio de Hacienda y Crédito Público suscribirá con el administrador del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP), un contrato de fiducia mercantil para la administración fiduciaria de los recursos del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP). Este contrato deberá contener todo lo necesario para dar aplicación con lo establecido en esta parte y deberá, al menos, contemplar los siguientes aspectos

1.

El objeto contractual

2.

Obligaciones de las partes

3.

Remuneración

4.

Duración del contrato de fiducia mercantil

5.

Gastos del Fondo

6.

Contenido mínimo del reglamento del Fondo

7.

Rendición de cuentas y contabilidad

8.

Obligaciones de confidencialidad

9.

Sanciones contractuales

10.

Solución de controversias

11.

Modificación y terminación del contrato de fiducia mercantil

12.

Calidades y requisitos que debe reunir el administrador del Fondo

13.

Parámetros de seguimiento y remoción del administrador del Fondo”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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