El Consejo Directivo tendrá las siguientes funciones:
a) Formular la política general de la institución y aprobar los planes y programas de acción;
b) Adoptar los estatutos de la institución y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno;
c) Aprobar el presupuesto anual de la Escuela;
d) Determinar organización interna de la Escuela, su planta de personal y las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia;
e) Controlar el funcionamiento general de la institución y verificar su conformidad con la política, planes y programas adoptados;
f) Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía exceda de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) moneda corriente;
g) Rendir, conjuntamente con el Director de la Escuela, por conducto de su Presidente, informes periódicos al Presidente de la República y los que sean requeridos por la Comisión Constitucional Permanente de las Cámaras Legislativas encargadas de la vigilancia de los Establecimientos Públicos.