Micelio

Artículo 196

El Recurso De Reposición Se Decidirá Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes Y Podrá Ser Apelado Por El Inculpado

Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El recurso de reposición se decidirá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes y podrá ser apelado por el inculpado. Cumplido este término, se enviarán todos los antecedentes a la Dirección General en apelación o consulta, la cual resolverá en forma definitiva, dentro de los diez (10) días siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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