Micelio

Artículo 2

Ley 42 de 1931 · POR LA CUAL SE LEGALIZAN LOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS ABIERTOS POR LOS DECRETOS NÚMEROS 534, 966 Y 1105 DEL AÑO DE 1930 Y SE DA UNA AUTORIZACIÓN AL GOBIERNO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las operaciones que celebre el Gobierno para este efecto, necesitarán para su validez de la aprobación del Consejo de Ministros.

El Gobierno tomará todas las medidas necesarias a fin de que los Municipios reintegren a la Nación las sumas que ésta pudiera desembolsar por tal motivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 42 de 1931