º . El artículo 41 de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, quedará así: " Artículo 41. Del Presidente. El Presidente de Finagro será designado de conformidad con lo previsto en la ley. Es el representante legal de la Sociedad y tiene a su cargo la dirección y administración de los negocios sociales.
El Presidente tendrá tres suplentes nombrados por la Junta Directiva de la entidad, por mayoría absoluta, quienes serán elegidos entre los funcionarios de la sociedad y ejercerán la representación legal de Finagro, en sus faltas accidentales, temporales o absolutas, en calidad de primero, segundo y tercer suplentes, hasta tanto sean removidos o reemplazados en tal suplencia por la Junta Directiva, o se desvinculen por cualquier causa de la Entidad".