El Banco de la República podrá descontar a los Bancos afiliados, pagarés garantizados con bonos de los empréstitos previstos en esta Ley y suscritos aquellos, a favor de tales establecimientos, sin que estas- operaciones afecten el cupo del Gobierno Nacional en esa entidad.
Ley 1 de 1943 →Vigente
Artículo 24
Ley 1 de 1943 · Por la cual se otorgan ciertas facultades a algunos Municipios y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.