Micelio

Artículo 3

Decreto 1128 de 1953 · extraordinarios - al Presupuesto vigente ( Ministerio de obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las operaciones de crédito de que trata el artículo anterior, solo requerirán de su validez la expedición de los últimos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, su refrendación por el Contralor General de la República y su emisión por el General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1128 de 1953