Art. 3.° Para los fines del artículo anterior, el Secretario de esta Corte legajará y conservará con la debida separación las respectivas documentaciones, y llevas ti los libros siguientes: un copiador de exhortos, otro de edictos, uno de registro para cada uno de los estados de asuntos ó cuentas á que se refieren los ordinales 4.°, 5.° y 6.°, uno referente á multas y otro áseguridades de responsables del Erario.
Decreto 14 de 1900 →Vigente
Artículo 3
Decreto 14 de 1900 · Sobre el modo de proceder cuando los responsables del Erario nacional no rinden cuentas ni otorgan las correspondientes seguridades
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.