Micelio

Artículo 2

De Este Decreto, Y Tomadas De Los Fondos Sobrantes Provenientes De Las Partidas Asignadas Por La Ley 147 De 1960 Para La Construcción Del Internado Indígena De Cuiza Y El Local Escolar En El Hatico, Trasládanse Las Siguientes Partidas: De La Construcción Del Internado Indígena De Cuiza $ 21

Decreto 3141 de 1963 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Decreto número 286 de 1963 (octubre 11), de la Intendencia Nacional de La Guajira

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Para los fines que se indican en el artículo 2° de este Decreto, y tomadas de los fondos sobrantes provenientes de las partidas asignadas por la Ley 147 de 1960 para la construcción del Internado Indígena de Cuiza y el local escolar en El Hatico, trasládanse las siguientes partidas: De la construcción del Internado Indígena de Cuiza $ 21.015.15 De la construcción de la Escuela en El Hatico (Municipio de Fonseca) 1.326.95 Suma el traslado $ 22.342.10

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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