Los presentes Estatutos requieren para su válidez la aprobación del Gobierno Nacional y regirán a partir de la publicación del respectivo Decreto. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los tres días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. (Fdo.) Presidente de la Junta, (Fdo.) Secretario de la Junta». Articulo segundo . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 1347 de 1994 →Vigente
Artículo 80
Decreto 1347 de 1994 · por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones Valledupar Ltda. Teleupar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.