Micelio

Artículo 2

Son Funciones De La Dirección Antisecuestro Y Extorsión, Las Siguientes: 1

Decreto 864 de 1998 · por el cual se crea la Dirección Antisecuestro y Extorsión en la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la Dirección Antisecuestro y Extorsión, las siguientes

1.

Desarrollar y ejecutar las políticas del Gobierno Nacional, a través del Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Conase.

2.

Elaborar diagnósticos, estudios e investigaciones que permitan sugerir al Gobierno Nacional a través de la Dirección General de la Policía una política de acción coherente contra los delitos de extorsión y secuestro.

3.

Coordinar con la Dirección Operativa, la Dirección de Recursos Humanos, los Comandos de Departamento y Policías Metropolitanas, la selección, el entrenamiento, control y empleo del personal policial requerido para las diferentes unidades integrantes del “Gaula” a nivel regional.

4.

Asesorar a los Grupos Regionales en el desarrollo de todas las operaciones y dirigirlos en lo de su competencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 282 de 1996 o normas que la modifiquen o reformen.

5.

Coordinar con la Dirección de Policía Judicial planes de acción para contrarrestar los delitos de secuestro y extorsión.

6.

Coordinar y desarrollar con la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, la recepción, registro, análisis, sistematización y distribución de la información relacionada con los delitos de secuestro y extorsión.

7.

Coordinar y efectuar con el Director del Programa para la Defensa de la Libertad Personal en los términos establecidos por la ley, la conformación de los “Gaula” de la Policía Nacional, su capacitación y destinación de bienes y recursos para su funcionamiento y operatividad.

8.

Coordinar con la Fiscalía General de la Nación, en los términos establecidos por la ley, lo correspondiente a la Dirección Unificada, la Unidad de Inteligencia y Evaluación, la Unidad Operativa y la Unidad Investigativa de los “Gaula”, con el fin de lograr los objetivos y la misión establecida.

9.

Las demás que le asignen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 864 de 1998