Si las condiciones en virtud de las cuales el extranjero obtuvo su visa se modifican o se extinguen deberá solicitar, dentro del mes siguiente al hecho una visa en categoría correspondiente a las nuevas condiciones de su permanencia en el país.
Decreto 2371 de 1996 →Vigente
Artículo 15
Si Las Condiciones En Virtud De Las Cuales El Extranjero Obtuvo Su Visa Se Modifican O Se Extinguen Deberá Solicitar, Dentro Del Mes Siguiente Al Hecho Una Visa En Categoría Correspondiente A Las Nuevas Condiciones De Su Permanencia En El País
Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.