Micelio

Artículo 3

En Aplicación De Los Dispuesto Por La Ley 163 De 1959 Y Su Decreto Reglamentario 264 De1963, Todas Las Restauraciones, Remodelaciones Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación O Cualquier Tipo De Intervención Que Se Deba Efectuar En El Inmueble Objeto Del Presente Decreto O En Su Área De Influencia, Deberán Contar Con El Permiso Previo Del Consejo De Monumentos Nacionales O De Su Centro Filial - Seccional Valle Del Cauca

Decreto 1907 de 1995 · por el cual se declara como Monumento Nacional, la Iglesia Catedral de Nuestra Señora del Rosario del Palmar, de Palmira, Valle.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En aplicación de los dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario 264 de1963, todas las restauraciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación o cualquier tipo de intervención que se deba efectuar en el inmueble objeto del presente Decreto o en su área de influencia, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales o de su Centro Filial - Seccional Valle del Cauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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