°. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.
Decreto 3288 de 2009 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1° Del Decreto 4589 De 2006
Decreto 3288 de 2009 · por el cual se prorroga el Decreto 3272 del 2 de septiembre de 2008, modificado por el Decreto 3516 del 16 de septiembre de 2008.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.