Queda exento de pena el culpado de uno de los delitos previstos en losArtículos anteriores, si logra, antes de que la autoridad tenga conocimiento de ello, impedir la falsificación, alteración o circulación de las monedas falsificadas o alteradas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.