Micelio

Artículo 2.2.4.9.20

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Disminución de semanas para mujeres con hijos. Aquellas mujeres que no siendo beneficiarias del régimen de transición del artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, una vez cumplan la edad mínima para acceder a la Pensión Integral de Vejez de este sistema, luego de haber agotado el sistema actuarial de equivalencias del Pilar Contributivo, y/o del Programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) y/o del Pilar de Ahorro Voluntario, y aun así no acrediten el número mínimo de semanas requeridas en el Componente de Prima Media, podrán obtener el beneficio de disminuir en cincuenta (50) semanas por cada hijo(a) nacido vivo, el número de semanas requeridas para la pensión integral de vejez, hasta llegar a un mínimo de 850 semanas por un máximo de tres (3) hijos.

Parágrafo

Este beneficio no se podrá utilizar para incrementos adicionales a las semanas mínimas requeridas con el fin de aumentar la tasa de reemplazo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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