Mientras se organizan las oficinas de que trata el artículo 12 de este Decreto, el servicio de registro de instrumentos públicos continuará prestándose en la forma en que actualmente se realiza.
Decreto 1711 de 1984 →Vigente
Artículo 14
Mientras Se Organizan Las Oficinas De Que Trata El Artículo 12 De Este Decreto, El Servicio De Registro De Instrumentos Públicos Continuará Prestándose En La Forma En Que Actualmente Se Realiza
Decreto 1711 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre interrelación de registro, catastro y se tecnifica y reorganiza administrativamente el registro de instrumentos públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.