Artículo cuarto. Las facultades y atribuciones de que venían haciendo uso, en el nivel Regional, los Grupos de Revisoría de Contabilidades de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Bogotá. Barranquilla, Cali, y Medellín, serán ejercidas, a partir de la vigencia del presente Decreto, desde el nivel Central, por la Sección de Revisoría de Contabilidades de la Sub-División de Investigación Tributaria de la División de Impuestos Nacionales.
Decreto 3273 de 1963 →Vigente
Artículo 4
Decreto 3273 de 1963 · Por el cual se modifica la estructura y la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.