Micelio

Artículo 2

Del Decreto 2855 De 1965, Quedará Así; "los Contribuyentes, Del Impuesto Sobre La Renta Obligados A Invertir En Bonos De Desarrollo Económico, Según Lo Dispuesto En El Artículo

Decreto 3149 de 1965 · Por el cual se modifica el Decreto 2855 de noviembre 3 de 1965

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 3° del Decreto 2855 de 1965, quedará así:

"Las fechas de las posteriores emisiones de los Bonos de Desarrollo Económico y las cuantías de las mismas serán acordadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3149 de 1965