o. Los Estándares Genéricos de Competencias para la Certificación de Peritos Forenses (EGCCPF), serán revisados por el Instituto cuando lo exijan: a) los cambios en la normativa, b) las ciencias, c) las técnicas, d) los instrumentos o los procedimientos, e) de forma sistemática antes de cada convocatoria para la certificación de peritos forenses en la disciplina o categoría que corresponda.
o . El coordinador(a) del Grupo Nacional de Certificación Forense (GNCERTIF) del Instituto y el grupo de expertos de cada disciplina o categoría, conformado por integrantes que representan de manera equitativa los intereses de las partes interesadas (entidades públicas, privadas o particulares), sin que predomine ningún interés particular, deberán suscribir un acta donde conste si es o no necesario realizar alguna modificación.
o . En caso afirmativo, el GNCERTIF deberá presentar en forma oportuna y ante el Director del Instituto, el documento para su aprobación.