Micelio

Artículo 34

Los Programas Sectoriales De Desarrollo Industrial Deberán Contener Cláusulas Sobre: A) Determinación De Los Productos Objeto Del Programa; B) Programación Conjunta De Las Nuevas Inversiones A Escala Sub-Regional Y Medidas Para Asegurar Su Financiación; C) Localización De Plantas En Los Países De La Sub-Región; D) Armonización De Políticas En Los Aspectos Que Incidan Directamente En El Programa; E) Programas De Liberación Que Podrán Contener Ritmos Diferentes Por País Y Por Producto Y Que, En Todo Caso, Aseguren El Libre Acceso De Los Productos Respectivos Al Mercado Sub-Regional; F) Arancel Externo Común, Y G) Los Plazos Durante Los Cuales Deberán Mantenerse Los Derechos Y Obligaciones Que Emanen Del Programa En El Caso De Denuncia Del Acuerdo

Decreto 1245 de 1969 · por el cual se aprueba el Acuerdo de Integración Sub-regional ( Grupo Andino ), suscrito en Bogotá el 26 de mayo de 1969 por Plenipotenciarios de los Gobiernos de Colombia, Bolivia, Chile, el Ecuador y Perú.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Programas Sectoriales de Desarrollo Industrial deberán contener cláusulas sobre

a)

Determinación de los productos objeto del Programa;

b)

Programación conjunta de las nuevas inversiones a escala sub-regional y medidas para asegurar su financiación;

c)

Localización de plantas en los países de la Sub-región;

d)

Armonización de políticas en los aspectos que incidan directamente en el Programa;

e)

Programas de Liberación que podrán contener ritmos diferentes por país y por producto y que, en todo caso, aseguren el libre acceso de los productos respectivos al mercado sub-regional;

f)

Arancel Externo Común, y

g)

Los plazos durante los cuales deberán mantenerse los derechos y obligaciones que emanen del Programa en el caso de denuncia del Acuerdo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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