Artículo único . Autorízase al Gobierno para cubrir las cuotas anuales correspondientes a cuarta categoría en la Oficina Internacional de Epizootias, y para abrirlos créditos y efectuar los traslados necesarios para atender al cumplimiento del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1149 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1149 de 1956 · Por el cual se autoriza el pago de una cuota a la Oficina Internacional de Epizootias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.