Artículo primero. El Tribunal Supremo del Trabajo se compondrá de seis (6) miembros elegidos, tres (3) por el Senado y tres (3) por la Cámara de Representantes, de ternas que les someterá el Presidente de la República, quien a su turno, las formará así: dos ternas de candidatos que le presenten las entidades patronales, dos ternas de los que le propongan las Organizaciones de Trabajadores, y dos ternas que elaborará libremente el Gobierno. Cada terna estará compuesta por candidatos de la misma filiación política.
Cada una de las asociaciones de patronos y de trabajadores que deban dar candidatos para Magistrados del Tribunal Supremo, según el respectivo decreto reglamentario, presentará dos candidatos de distinta fijación política, para que en la misma forma quede integrada cada representación gremial.