Micelio

Artículo 1

Decreto 2375 de 1953 · Por el cual se aumenta el número de Magistrados del Tribunal Supremo del Trabajo, se amplía su periodo y se amplía su funcionamiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Tribunal Supremo del Trabajo se compondrá de seis (6) miembros elegidos, tres (3) por el Senado y tres (3) por la Cámara de Representantes, de ternas que les someterá el Presidente de la República, quien a su turno, las formará así: dos ternas de candidatos que le presenten las entidades patronales, dos ternas de los que le propongan las Organizaciones de Trabajadores, y dos ternas que elaborará libremente el Gobierno. Cada terna estará compuesta por candidatos de la misma filiación política.

Parágrafo

Cada una de las asociaciones de patronos y de trabajadores que deban dar candidatos para Magistrados del Tribunal Supremo, según el respectivo decreto reglamentario, presentará dos candidatos de distinta fijación política, para que en la misma forma quede integrada cada representación gremial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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