Micelio

Artículo 23

Decreto 192 de 1903 · Sobre Impuestos de papel sellado y Timbre nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 23. Llevarán estampilla de 4. a clase los actos, documentos y diligencias quea continuación se expresan : 1.° Toda diligencia ó acta de posesión de empleados ó funcionarios públicos cuyo sueldo mensual, fijo ó eventual, pase de dos mil pesos ( $ 2,000); 2.° Las cuentas ú órdenes de pago de particulares contra el Tesoro nacional, departamental ó municipal, cuando el valor de tales documentos exceda de dos mil pesos ($ 2,000) ; 3.° Los sobordos, facturas, manifiestos, lista da tripulación de buques y de rancho, de éstos, guías, conocimientos de embarque de efectos, solicitudes de permiso para descargar y demás documentos que deban ser presentados en las Aduanas de la República; 4 ° Las libranzas que expidan los Administradores de Correos ó Agentes postales por las encomiendas que giren por los Correos nacionales, cuando el valor de éstas exceda de dos mil pesos ($2,000); 5.° Las diligencias de autenticación de actos, documentos ó expedientes que se presenten con tal objeto, cuando el valor de tales documentos exceda de dos mil pesos ( $2,000); 6 ° Los títulos profesionales que expiden los Establecimientos de educación, públicos ó privados, los despachos y letras militares y les copias que de éstos se expidan Los documentos á que se refiere este ordinal podrán i r en papel de cualquier tamaño, y 7.° Toda letra que se gire contra el Exterior

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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