º. Adiciónese el artículo 2.1.7.2.3. del Decreto número 1081 de 2015, que regula las funciones de la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con el siguiente numeral: “13. Colaborar armónicamente con la Comisión Intersectorial para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (Conadih), como órgano colegiado que coordina y orienta asuntos de Derecho Internacional Humanitario, para el funcionamiento y la articulación de las dos instancias. Las referencias que se hagan en normas y en políticas públicas al Subsistema de Derecho Internacional Humanitario, en adelante deben entenderse referidas a la Comisión Intersectorial para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (Conadih) .”
Decreto 276 de 2026 →Vigente
Artículo 3
Adiciónese El Artículo 2
Decreto 276 de 2026 · por el cual se adiciona el Capítulo 7 al Título 7, Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 1081 de 2015 en lo referente a la organización y funcionamiento de la Comisión Intersectorial para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (Conadih), y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.