Micelio

Artículo 1597

Para Gastos De Administración Y Constricción Dé Edificios Nacionales, De Acuerdo Con Distribución Que Hará El Gobierno

Decreto 1181 de 1951 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Publicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: Capítulo 122. Del artículo 1597. Para gastos de administración y constricción dé Edificios Nacionales, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno. $ 2.450.000.00 Suman los contracréditos, $ 2.450.000.00 Capítulo 116. Al artículo 1578. Para gastos de estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la red de carreteras nacionales, según, distribución que hará el Gobierno, en el año $ 2.450.000.00 Suman los créditos $ 2.450.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1181 de 1951