º DE LAS CERTIFICACIONES. Las certificaciones que según la ley corresponde expedir a los Notarios causarán los siguientes derechos
Las de actas, inscripciones y folios del registro del estado civil, cincuenta pesos ($ 50.00) cada una;
Las certificaciones sobre datos o hechos que consten en instrumentos públicos o documentos protocolizados, doscientos pesos ($ 200.00) cada una;
Las notas de referencia en escritura afectadas por nuevas declaraciones de voluntad, cien pesos ($ 100.00) cada una, salvo que correspondan a las excepciones consagradas en el artículo 10, literal g) del presente Decreto, las cuales están exentas.