° Para los efectos de esta Ley se denominan utilidades líquidas las que resulten de restarles a las utilidades de cada ejercicio las reservas y el fondo indispensable 'para pagar las prestaciones ordenadas por las leyes.
Las utilidades líquidas no podrán ser mayores del seis por ciento (6% anual).
Las utilidades líquidas que les correspondan a las acciones del Gobierno Nacional, ingresarán a un fondo especial denominado de recapitalización, con el propósito; de suscribir y adquirir para el Estado nuevas acciones a"rnedida que se decreten aumentos de capital.
Las utilidades líquidas que correspondan a los demás accionistas, se les entregarán a sus respectivos dueños.