Micelio

Artículo 8

Endeudamiento De Sociedades Comisionistas Y Sociedades Calificadoras

Decreto 2016 de 1992 · por el cual se dictan normas sobre las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Endeudamiento de Sociedades Comisionistas y sociedades Calificadoras. Las sociedades comisionistas y sociedades calificadoras de valores sólo podrán adquirir pasivos a través de créditos otorgados por entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, mediante la expedición de bonos convertibles en acciones y a través de compras a plazo. Podrá configurarse el endeudamiento con los accionistas, cuando sobre tales acreencias exista compromiso expreso de capitalización dentro del año siguiente a su otorgamiento. Podrán utilizarse modalidades diferentes de endeudamiento con la previa autorización de la Superintendencia de Valores, la cual podrá ser previa y general, cuando tengan por objeto atender requerimientos de liquidez y solvencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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